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26-12-2022  AYUDAS FONDO TECNOLÓGICO

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones en el ejercicio 2022, destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

La finalidad de estas ayudas es financiar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.

Se establecen dos líneas de ayudas diferenciadas:

a) Línea destinada a pequeñas y medianas empresas del comercio minorista.

b) Línea destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

Podrán ser objeto de subvención las inversiones realizadas por las entidades beneficiarias en los siguientes conceptos: a) Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (gastos en inversión referidos a la transformación digital). b) Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión (gastos en inversión referidos a transformación del punto de venta). c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla (gastos en inversión relativos a la cadena de suministro y trazabilidad). d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (gastos en inversión relativos a la sostenibilidad y la economía circular).

La inversión mínima aprobada no será inferior a 5.000 euros (IVA excluido) y, la ayuda será del 100 %, con el límite de 200.000 euros.

En la línea destinada a pequeñas y medianas empresas del comercio minorista, las inversiones objeto de subvención estarán siempre vinculadas al establecimiento comercial. 5. Se considerarán como subvencionables las actuaciones realizadas desde el 1 de enero del 2022 y hasta la fecha de presentación de la solicitud de subvención, salvo que se establezca un plazo diferente en la convocatoria de las ayudas. La justificación de la actuación realizada se presentará junto con la solicitud.

ACCESO RESOLUCIÓN

PLAZO: desde el día 10 de enero hasta el 3 de febrero de 2023, ambos inclusive.

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