Noticia

23-11-2021  AYUDAS PYMES INDUSTRIALES 2022

Sectores

Automoción, espacial y de la aeronáutica.

Biotecnología, producción audiovisual, de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual

Cuero y calzado

Cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos

Envases y embalajes

Juguete

Madera, muebles y aparatos de iluminación

Marbre, piedra natural y áridos

Metal y mecánico

Papel y artes gráficas

Plástico

Químico

Textil

Valorización de materiales

Actuaciones subvencionables

1. Serán subvencionables los proyectos de inversión que suponen la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunidad Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, el *am[1]*pliació, mejora *omodernització de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión *ener[1]*gètica.

2. El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, excepto para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, que será de 10.000 euros, IVA excluido. Las solicitudes los presupuestos admitidos como subvencionables de las cuales no consigan estos importes mínimos serán inadmitidas.

3. Para la comprobación del cumplimiento de este límite mínimo se sumarán los costes máximos admitidos como subvencionables por *adqui[1]*sició de activos materiales, inmateriales, contratación de ingeniería y gastos de auditoría. Si en la fase de justificación de la subvención el importe total admitido como justificado no consigue los presupuestos mínimos subvencionables del apartado anterior, se acordará la revocación total de la subvención y la pérdida del derecho a esta.

Plazo de realización de las actuaciones subvencionables

La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados tendrá que producirse entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de justificación de la subvención

Acceso a la Convocatoria: https://dogv.gva.es/datos/2021/11/23/pdf/2021_11736.pdf

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